A PRISION POR DOS AÑOS TRAFICANTE DE MADERA
Por José Alfredo Espinal
DE CARIBBEAN DIGITAL
El procurador de Medio Ambiente en Santiago, magistrado
Jacinto Mejía Amaro, expresó su satisfacción por la sentencia evacuada
por el Primer Tribunal Colegiado de Santiago ya que es la primera y
mayor condena que se impone por delito ambiental.
SANTIAGO,-.El Primer Tribunal Colegiado del
Distrito Judicial de Santiago condenó a dos años de prisión y al pago de
una multa de 20 salarios mínimos a un hombre acusado de tráfico de
madera en la comunidad de Inoa, en el municipio de San José de Las
Matas.
Jovanny Antonio Torres Genao, fue encontrado culpable y deberá
cumplir la condena en la cárcel de Rafey, por tráfico de madera, en
violación a la ley 64-00, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en los
artículos 55, 58 párrafo inciso b del reglamento forestal, sancionado
en los artículos 169, 183 en perjuicio del Estado dominicano
.
De acuerdo al informe remitido a Caribbean Digital, el procurador
general de Medio Ambiente en Santiago, magistrado Jacinto Mejía Amaro,
informó que Torres Genao transportaba la cantidad de 50 trozas de
madera de la especie Caoba, equivalentes a800 pies, en la comunidad de
Inoa, utilizando el camión Marca Daihatsu, color blanco, placa
L1-282464.-
“Dicha acusación se realizo por constituir un Delito contra e Medio
Ambiente y los Recursos Naturales, por trafico de madera, en violación a
los 138, 156, 174, y 175 inciso 1, de la ley 64-00, los artículos 55,
58 párrafo inciso b del Reglamento Forestal, sancionado en los
artículos 169, 183 en perjuicio del Estado Dominicano”, informó el
representante del Ministerio Público.
El hecho se produjo el día 15 de enero del 2011, en la comunidad de Inoa, San Jose de las Matas.
El funcionario de Medio Ambiente dijo que la acción fue ejecutada por
Jovanny Antonio Torres Genao, a las 11 de la noche, en calidad de
chofer del camión que se transportaba la madera proveniente de las
montañas de San José dela Mata, permitiendo de manera expresa la
violación de la ley 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, lo
cual constituye un delito y un agravante.
“Es importante señalar que el corte, trafico o transporte de 50
trozas de Caoba en boyas verdes o cualquier especie, ocasiona danos
graves a la naturaleza, de ahí que, todos los ciudadanos debemos
regirnos por lo que establecen la constitución y las leyes, que no
podemos hacer lo que nos da la gana, sin tomar en cuenta el daño que
puede ocasionar a los bienes protegidos como el Medio Ambiente y los
Recursos Naturales”, sostuvo.
Mejía Amaro dijo quela Procuraduríade Medio Ambiente de Santiago
expresa su satisfacción por la sentencia evacuada por el Primer Tribunal
Colegiado de Santiago ya que es la primera y mayor condena que se
impone por delito ambiental.
El magistrado manifestó que esta condena lleva un mensaje a la
sociedad de que el trabajo ejecutado por el Ministerio Público Ambiental
persigue proteger el Medio Ambiente en cualquier circunstancia, de tal
forma de que si una empresa o cualquier persona viola la ley será
drásticamente sancionado.
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