En San Ignacio de Sabaneta emplazan a Planeamiento Urbano regular y no obstaculizar.



Por Marcelo Peralta
San Ignacio de Sabaneta, Santiago Rodríguez, R.D.-Residentes en esta ciudad emplazaron a la Dirección de Planeamiento Urbano, por sus tareas del ordenamiento y control del territorio del Municipal que interceda y retire la valla publicitaria colocada en la esquina de la Avenida Juan Pablo Duarte y calle San Ignacio, porque obstruye la visibilidad a conductores y peatones.
Consideran que en vez de provocar accidentes que produzcan las muertes de personas, se hace necesario e impostergable evitarlas, en el sentido de que la población está cansada de ver tanta sangre derramada en los últimos tiempos a causa de accidentes y pérdidas de vidas.
Afirman que después que el Concejo de Regidores aprobara la resolución y la Alcaldía la ejecutara, la responsabilidad recae sobre el personal de planificación por sus funciones de relevancia y distintivas de todo ayuntamiento.Dicen que Planeamiento Urbano, naturaleza el responsable de organizar todo lo que se relacione a la densificación del territorio. 
Los peticionarios afirman que la Dirección de Planeamiento Urbano y Ornato debe actuar antes que se concretice la instalación de la valla de marra.Sostienen que la Ley 675 es la que rige las Urbanizaciones y Ornato y sus funciones es la de formular proyectos, elaborar  estudios básicos, investigaciones de carácter físico, social, económico y cultural necesarios para la ejecución de las iniciativas de regulación y planificación en la ciudad.
Otras de sus funciones son las de revisar, controlar el aislamiento, habitabilidad, estética, aspectos funcionales de todos los proyectos de     edificaciones y urbanizaciones, de acuerdo a los trámites requeridos para su aprobación de conformidad al reglamento que se dicte al efecto.
También, Planeamiento Urbano sus funciones son determinar las áreas que deban ser objeto de remodelación y confeccionar los proyectos de rigor, planes de rehabilitación de los barrios,  regulaciones, hacer reglamentaciones normativas de zonificación, edificaciones, espacio público, vialidad a la Alcaldía y Concejo de Regidores.
Tiene el deber de determinar las estructuras, áreas y valor de las propiedades afectadas por los diferentes proyectos urbanísticos, elaborar el reglamento de valorización, Catastro siempre y acorde con los proyectos de zonificación.Basan sus argumentos en que este organismo creado mediante la Ley 6232, que establece el proceso de Planificación Urbana en ciudades debe evitar obstruir el desplazamiento vehicular y peatonal al disponer espacio para colocar vallas que provoquen accidentes de tránsito.



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