Abinader declara de emergencia las compras en 21 entidades para asistir a 8 provincias
Las provincias identificadas como zonas de desastre y donde se realizaran esas “compras de emergencia” serán La Altagracia, La Romana, El Seibo, Samaná, Hato Mayor, María Trinidad Sánchez, Duarte y Monte Plata.
Foto de Víctor Ramírez / LD Javier Flores
Santo
Domingo, RD.-Tal y como había anunciado en una rueda de prensa, el presidente
Luis Abinader emitió el decreto 537-22 que declara
"procedimientos de compras de emergencias" para hacer frente a los
daños ocasionados por el huracán Fiona.
Esas
compras de emergencia deben servir para ayudar a las provincias La
Altagracia, La Romana, El Seibo, Samaná, Hato Mayor, María Trinidad Sánchez, Juan
Pablo Duarte y Monte Plata.
La
disposición gubernamental expresa que: el “Poder Ejecutivo podrá incluir otras
provincias dentro de la declaratoria de emergencia que se establece en el
artículo anterior, después de concluido el paso del fenómeno natural por el
territorio de la República Dominicana, previo levantamiento de los daños
ocasionados a las comunidades ubicadas en las provincias afectadas”.
El
artículo dos de ese decreto indica que al menos 21 instituciones podrán
realizar procesos de compras, contrataciones de bienes, servicios y obras a
través de la excepción de emergencia nacional, para contrarrestar los efectos
ocasionados por el huracán Fiona.
Esas
compras deben de “ser realizadas para ser utilizadas en las labores de ayuda
humanitaria, rescate, construcción y reconstrucción de las obras como
consecuencia de los daños ocasionados por los torrenciales aguaceros”.
Las
instituciones son los ministerios de Salud Pública, de Educación, de
Agricultura, de Obras Públicas y Comunicaciones, de la Vivienda, de Turismo y
Administrativo de la Presidencia.
Además
del Instituto Nacional de Estabilización de Precios (Inespre), Servicio
Nacional de Salud (SNS), Programa de Medicamentos Esenciales (Promese-Cal),
Plan de Asistencia Social de la Presidencia, Comedores Económicos del Estado
Dominicano, Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Provincial y la
Comisión Presidencial de Apoyo al Desarrollo Barrial.
También
el Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados, Instituto Nacional
de Recursos Hidráulicos, Corporación de Acueductos y Alcantarillado de Santo
Domingo, Empresa de Transmisión Eléctrica, Empresa Distribuidora de
Electricidad del Este, Empresa Distribuidora de Electricidad del Norte y
Defensa Civil.
“Las
instituciones indicadas, deberán rendir un informe detallado a la Contraloría
General de la República y a la Cámara de Cuentas, debiendo difundirlo a través
del Portal de la institución, en el Portal Transacciol, dentro de los 15 días
calendarios después de satisfecha la necesidad provocada por la situación de
emergencia”, reza el artículo cuatro de la disposición presidencial.
El
decreto por igual señala los procedimientos de contratación por excepción
deberán realizarse acorde con las disposiciones de la Constitución de la
República y la normativa vigente en la materia de contrataciones públicas.
“Las
instituciones incluidas en el presente Decreto deberán gestionar los
procedimientos de excepción por emergencia nacional a través del Portal
Transaccional administrado por la Dirección General de Contrataciones
Públicas”, indica el articulo tres.
La
declaratoria de estas contrataciones de emergencia nacional tendrá una duración
de 30 días a partir de la emisión del presente decreto.
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