CANCELAN DOS ALGUACILES EN LA CAPITAL
SANTO DOMINGO.- El Consejo del
Poder Judicial desvinculó del Poder Judicial a dos alguaciles
ordinarios por haber efectuado embargos ilegales en virtud de actas de
audiencias que no constituían títulos ejecutorios y sin realizar los
trámites de rigor para el uso de la fuerza pública.
Los ministeriales destituidos, luego de conocérseles sus respectivos
juicios disciplinarios, son Daniel Estrada, alguacil ordinario de la
Novena Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del
Distrito Nacional, y Pablo Nelson Camilo, alguacil ordinario de la
Cámara Civil y Comercial de la Corte del Departamento Judicial Santo
Domingo.
El CPJ tomó la medida en su sesión celebrada el 18 de junio de este
año, según hace constar en su acta número 28-2012.
El Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial define el
Principio de Credibilidad como “cualidad percibida por los demás,
compuesta por dos elementos claves: la fiabilidad y la profesionalidad,
en la que se exprese e irradie a través de sus actuaciones los valores y
principios éticos en cumplimiento de la normativa para generar
confianza del usuario y del ciudadano”.
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