Poder Ejecutivo promulga Ley Orgánica de los Actos del Estado Civil
Foto del dictador dominicano Rafael Trujillo Molina
El
presidente de la República, Luis Abinader, promulgó este 18 de enero la Ley
Orgánica de los Actos del Estado Civil, que deroga la Ley trujillista número 659,
del 17 de julio de 1944.
Esta
pieza normativa tiene por objeto establecer las disposiciones que regularán las
actuaciones y efectos del Sistema Nacional de Registro del Estado Civil, como
responsable de garantizar el registro, control y archivo de los actos del
estado civil de las personas.
Dentro
de las novedades de esta ley se destacan la automatización de las oficialías,
permitiendo la expedición electrónica de actas y certificaciones relativas a
los registros de nacimientos, reconocimientos, matrimonios civiles, canónicos o
religiosos, divorcios, reconstrucciones, transcripciones y defunciones,
utilizando para su validez la firma digital.
La
ley también dispone una consulta previa a los partidos políticos de cara la
designación del director nacional de Registro del Estado Civil por parte del
Pleno de la Junta Central Electoral.
Asimismo,
permite que las personas, al cumplir la mayoría de edad y por una sola vez al
momento de solicitar su cédula de identidad y electoral, dispongan del cambio
del orden de sus apellidos, pudiendo colocar el apellido materno en primer
lugar.
De
manera eficaz, la nueva ley de Actos del Estado Civil establece su entrada en
vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial, pero con una
implementación paulatina de los planes de automatización.
Esta
moderna legislación es un paso más de avance en la modernización del marco
normativo del Estado dominicano y sobre todo en el fortalecimiento de servicios
administrativos enfocados en la satisfacción de los derechos de los
dominicanos.
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