Ministerio Público solicita condena de 30 años contra 3 civiles y 4 policías por muerte de David de los Santos
En el caso de los miembros de la seguridad de la plaza Agora Mall solicitaron 2 años de prisión.
El
Ministerio Público solicitó a las juezas del Primer Tribunal Colegiado del
Distrito Nacional la imposición de condena de 30 años de prisión a cuatro
miembros de la Policía y tres civiles a por provocar la muerte a David de los Santos
Correa.
Este recibió salvaje golpiza en el destacamento del ensanche Naco, de la capital, la noche del 27 de abril del 2022, tras su apresamiento en la plaza Ágora Mall.
La solicitud de condena de 30 años de prisión es contra los imputados Santiago Mateo Victoriano, Michael Pérez Ramos y Jean Carlos Martínez Peña y policías, el capitán Domingo Alberto Rodríguez, el segundo teniente Germán García de la Cruz, el cabo Alfonso Decena Hernández y el raso Sari Manuel González García.
Mientras, detalla a miembros de la seguridad de la plaza comercial Agora Mall, nombrados Ambriori Montero Otaño, Álvaro David Beltrán Pérez, Yubaris Méndez Ferreras y Juan Reyes de la Cruz, la Fiscalía del Distrito Nacional solicitó al tribunal una pena menor de dos años de prisión, por haber incurrido en el arresto ilegal del joven David de los Santos, en violación al artículo 341 del Código Penal Dominicano que de ser hallados culpables, enfrentarían condenas de entre los 30 y 20 años.
Las empleadas civilmente demandadas son Pamela Leticia Vásquez Cruce y Yesenia Altagracia Mejía Santos.
Los
finales piden la imposición de las condenas contra 11 imputados y litigantes licenciados
Magalys Sánchez, María Silvestre y Mariela Ramos, dicen que el sistema le falló
a David de los Santos, pero se revertirá imponiendo penas ejemplares a los
autores de ese horrendo crimen.
El órgano
judicial dice que estableciendo y comprobado golpearon al fallecido, se le
condene a la pena máxima en calidad de coautores.
En el
caso de civiles, fiscales acusan de homicidio, que allí se cometió un crimen con
tortura, barbarie y solicitaron se les imponga la pena de 30 años.
Calificando
su conducta como una franca violación a los artículos 295 y 303-4, numerales 2
y 9, y el artículo 304 del Código Penal, por provocar golpes y heridas que
ocasionaron un homicidio.
El
artículo 303-4 del Código Penal Dominicano señala que: “Se castigan con la pena
de 30 años de reclusión mayor las torturas o actos de barbarie cometidos por
varias personas actuando en calidad de autor y cómplice contra una persona,
cuya particular vulnerabilidad, debido a su edad, a una enfermedad, a una
invalidez, a una deficiencia o discapacidad física o psíquica, o a un estado de
gravidez, es aparente o conocido su autor”.
En el
caso de los policías imputados, el órgano acusador afirma que, con sus
acciones, los cuatro policías violaron los artículos 186,198, 295, 303-4 y 341
del Código Penal Dominicano, que penalizan el permitir abusos contra una
persona detenida y complicidad en la comisión de un homicidio, la barbarie, así
como la violación al artículo 153 de la Ley (590) Orgánica de la Policía
Nacional.
Son faltas muy graves:
El
artículo 153 de la Ley 590, castiga el incumplimiento del deber de fidelidad a
la Constitución en el ejercicio de las funciones, como lo es la práctica de
tratos inhumanos, degradantes, discriminatorios o vejatorios a los ciudadanos
que se encuentren bajo custodia policial, como ocurrió con el detenido y hoy
fallecido David de los Santos Correa.
Dicho
artículo establece que: “Son reos de encierros y detenciones ilegales, y como
tales, sujetos a la pena de reclusión menor, los que sin orden de autoridad
constituida y fuera de los casos que la ley permite que se aprehenda a los
inculpados, arrestaren, detuvieren o encerraren a una o más personas; los que
proporcionaren el lugar para que se efectúe la detención o el encierro; los que
de cualquier modo ayudaren a llevar a cabo la detención o el encierro”.
“Si esos
policías hubieran actuado correctamente en el presente caso, nosotros no
estaríamos hoy aquí. El sistema le falló a David de los Santos. Ahí hubo
menosprecio a la dignidad humana y de igual modo, los autores de ese crimen
actuaron como monstruos y con sus acciones, comprometieron su responsabilidad
penal”, dijo en su discurso de clausura la magistrada fiscal María Silvestre.
El caso
El joven
de 24 años de edad y residente en Los Alcarrizos, falleció el 1 de mayo del
2022, en el Hospital Doctor Darío Contreras, luego ser conducido de urgencia
desde el destacamento policial del sector Naco, donde estuvo detenido desde las
9:00 de la noche del 27 de abril por los agentes policiales que lo recibieron
por parte de la seguridad privada del centro comercial que lo retuvo luego de
protagonizar un incidente con una empleada de una tienda del centro comercial.
En una audiencia anterior, celebrada el 24 de mayo pasado, las juezas decidieron varios incidentes, entre ellos el de acoger la solicitud del actor civil de incluir como terceros civilmente demandados a la empresa Parcos S.A, la cual opera bajo el nombre comercial Senses Sunglasses And Accesories y a dos de las empleadas de la tienda de perfumes donde el hoy occiso sostuvo un intercambio de palabras con una de ellas previo a ser apresado.
0 comentarios:
Publicar un comentario
Suscribirse a Enviar comentarios [Atom]
<< Inicio