Dice que MAP Estado garantiza eficiencia
Por Luis Céspedes Peña
Santo Domingo, R.D. El experto Raymundo Amaro (hijo), manifestó que el conjunto de Leyes concernientes al funcionamiento u organización de ese sector, logrado por el Ministerio de Administración Pública garantiza la eficiencia del Estado social, de derecho y democrático de la República Dominicana.
Amaro (hijo), experto Administración Pública, citó, entre esas legislaciones, las Leyes 41-08 (de Función Pública), 247-12 (Orgánica de Administración Pública), 105-13 (de Regulación Salarial del Estado Dominicano) y 107-13 (que Regula los Derechos y Deberes de las personas en su relación con la Administración Pública y Procedimiento Administrativo).
El funcionario del MAP indicó que se trata de normas fundamentales, porque representan una visión muy bien orquestada para lograr el Estado social, democrático y de derecho que se quieren, pero que también están establecidas en nuestra nueva Constitución, promulgada el 26 de Enero del año 2010".
Observó que la nueva Carta Magna cambió en su concepción y redefine la relación, la forma y la naturaleza de cómo el Estado se va a relacionar con los ciudadano y también con los agentes sociales y los económicos, en una especie de macro-relación jerárquica, que conlleva a que todo este paquete de Leyes conviva armoniosamente entre sí, produciendo, a su vez, nuevas relaciones.
Declaró que La Ley de Función Pública regula, por ejemplo, la relación entre los servidores y la administración pública.
"La Orgánica de la Administración Pública, regula las relaciones e interacciones entre los órganos que conforman a ese sector", indicó Amaro (hijo).
Precisó que la Ley de Procedimiento Administrativo, regula las relaciones entre la administración pública y los ciudadanos, por lo que hay que hablar de tres esquemas fundamentales para producir ese Estado social, democrático y de derecho, siguiendo las pautas trazadas por la Estrategia Nacional de Desarrollo.
El experto del MAP explicó que, aunque tener la normativa jurídica aprobada es importante, no lo es menos determinante lograr su aplicación. Precisó que eso representa un esfuerzo titánico, en virtud de que falta elaborar algunos de los reglamentos que permiten la plena ejecución de esas Leyes.
Consideró que el Sistema de Monitoreo de la Administración Pública, que da seguimiento al cumplimiento de la Ley 41-08 por parte de las instituciones del Estado, pudiera ser utilizado como un instrumento de gran utilidad para monitorear el proceso de ejecución y aplicación de estas normas legales, por cuyo cumplimiento también debe velar el MAP.
Aseguró que dentro del nuevo paradigma legal de la administración pública en el país, sólo quedaría pendiente, por el momento, la aprobación de la Ley de Ministerios, luego de que la nueva Constitución sustituyera las Secretarías de Estado.
Declaró que luego vendría el desafío que tiene de enfrente el MAP, de cómo sincronizar y ajustar todos esos reglamentos o compatibilizarlos dentro de este modelo que "comenzamos a implementar en el país, a partir de la presentación de la Estrategia Nacional de Desarrollo", todo dirigido al logro de eficientes servicios públicos a favor de la ciudadanía.
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