Senador afirma consulados dominicanos en Haití recaudaron 79.5 millones de dólares y solo reportaron 11.6 millones de dólares.
Legislador del PLD aboga modificar ley 142-17 de Relaciones Exteriores.
Dajabón, R.D.- El senador de Elías Piña, por el Partido de la Liberación Dominicana-PLD-,
Yván Lorenzo, abogó por la modificación de la Ley orgánica del ministerio de
Relaciones Exteriores número 142-17, respecto al salario, función, costo de
vida, territorio y carga familiar.
Lorenzo
espera a partir del reingreso de la nueva legislatura, a reabrirse el viernes
26 de agosto, se puedan aprobar “una pieza quite el botín a cónsules del
gobierno del cambio”.
Una investigación
en 5 consulados dominicanos en Haití establecidos en Puerto Príncipe, Juana
Méndez, Anse-A-Pitre, Belladere y Cabo Haitiano, las recaudaciones fueron de 79.5
millones de dólares y solo se reportó la cifra de 11.6 millones de dólares y
que solo se notificó al Ministerio de Relaciones Exteriores el 20%.
El
legislador citó cónsules dominicanos manejan diversos ingresos que van desde suelo
base, “dotación consular” que le entrega Cancillería para administrar el
consulado, el dinero que entra a los consulados vía pagos de servicios.
El ministerio
de Relaciones Exteriores es el organismo encargado de la aplicación y
coordinación de la política exterior trazada por la presidencia de la
República, conforme a la Constitución, Ley Orgánica del ministerio de
Relaciones Exteriores, Servicio Exterior.
En su
artículo 6 dice las funciones básicas del ministerio de Relaciones Exteriores
son las descritas en el artículo 9 de la Ley Orgánica del Ministerio de
Relaciones Exteriores y del Servicio Exterior con reglamentos especiales, establecida
en las leyes y acuerdos internacionales.
Hace
incapié en la ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores y del
Servicio Exterior en el artículo 1, la 142-17 establece reglamento que define
las competencias, funciones, estructura interna y organizativa del Ministerio
de Relaciones Exteriores, dependencias, nivel de autoridad e interrelación de
sus funcionarios.
Mientras
en el artículo 2 define los principios, aplicación de la organización y
funcionamiento de la Administración Pública, disposiciones, estructuración técnica,
organizacional puede ser ajustada en función de su plan estratégico, programa
de operaciones anual, criterios, metodologías con la aprobación del Ministerio
de Administración Pública.
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