sábado, junio 28, 2025

Madre de menor caso pelotero Walder Franco condena de 10 años de prisión por explotación sexual comercial y lavado de activos

Madre de la menor

Mientras que Martha Vanessa Chevalier Almonte, madre de la víctima fue condenada a 10 años de prisión, al establecer el tribunal, con base a las pruebas aportadas, que la mujer incurrió en delitos de explotación sexual comercial y lavado de activos.


El tribunal estableció que la procesada violó los artículos 410 de la citada Ley 136-03 y los artículos 2, numeral 11; 3, numerales 2, 3 y 4 de la Ley 155-17 sobre Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

Indican ella como madre cometió explotación sexual, lavado de activos, colocando en el sistema financiero recursos obtenidos por la explotación sexual de su hija de menor de edad.

La madre de la adolescente deberá cumplir la pena privativa de libertad en el Centro de Corrección y Rehabilitación Rafey Mujeres, en Santiago.

Otra condena es el pago de multa equivalente a 30 salarios mínimos en beneficio del Estado dominicano.

Se ordenó el decomiso de los siete bienes incautados a la acusada.

Son, un solar ubicado en Villa Montellano con una extensión superficial de 600 metros cuadrados; un carro del año 2023 por valor de 2 millones 100 mil pesos; certificado de depositado en el Banco Agrícola de la República Dominicana, sucursal Puerto Plata.

La friolera de 68 mil 500 dólares americanos y 800 mil pesos dominicanos.

Igualmente, equipos celulares; valores colocados en la cuenta de la acusada, inmovilizados por el Ministerio Público en virtud de una orden especial y autorización judicial, además del pago de las costas penales del proceso.


Los fiscales Claudio Cordero y José Martínez, de la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía de Puerto Plata habían solicitado cinco años de prisión para el procesado.

Ambos indicaron que la condena establece la culpabilidad de los procesados y demuestra la fuerza de la acusación y, a la vez, sirve de precedente en temas de explotación sexual y abuso sexual infantil.

Los fiscales expresaron que siempre estuvieron confiados en que la decisión del tribunal sería una condena.

El tribunal, integrado por las juezas Jakayra Veras, Venecia Rojas y José Juan Jiménez, dictó la sentencia condenatoria al establecer que se probaron los hechos más allá de toda duda razonable.

El Ministerio Público sustentó su acusación con 165 pruebas con las que demostró que Franco Aybar raptó con fines sexuales por varios días a la víctima, en el municipio Villa Montellano, en la provincia Puerto Plata.

Luego enviaba altas sumas de dinero a la madre de la víctima para evitar que lo denunciara. 

El dinero fue utilizado por la acusada para adquirir bienes muebles e inmuebles.


Basándose en pruebas aportadas por el Ministerio Público, el Tribunal Colegiado de Puerto Plata, condenó a 2 años de prisión, bajo suspensión de la pena, al pelotero de Grandes Ligas, Wander Samuel Franco Aybar, declarado culpable de cometer abuso psicológico y sexual en perjuicio de una adolescente.

A Franco Aybar los jueces variaron la calificación jurídica de abuso sexual infantil por abuso psicológico y sexual, condenándolo a la pena suspendida y al pago de 10 salarios mínimos de lo establecido por el Banco Central en beneficio del Estado dominicano, así como el pago de las costas penales del proceso.

El procesado fue hallado culpable de violar el artículo 396, letras b y c, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).

El tribunal impuso la pena suspendida, disponiendo que Franco Aybar no se acerque a adolescentes con fines sexuales y en caso de incumplimiento de la medida deberá cumplir la pena en prisión, en el Centro de Corrección y Rehabilitación, San Felipe de Puerto Plata.



0 comentarios:

Publicar un comentario

Suscribirse a Enviar comentarios [Atom]

<< Inicio