Ética y abogados como chivos sin ley.
Negro Veras.
Por Ramón Antonio Veras.
Explicación Previa.
Hace unos días,
estando en convalecencia recibí la notificación de un acto de revisión ante el
Tribunal Constitucional (TC); y los alegatos que contiene el documento
son tan perversos, malvados y falsos, que por poco regreso a mi estado de
gravedad inicial. Ante tanta indignación, a lo único que atiné fue a publicar
el presente escrito el cual me sirve como una especie de
calmante.
I.- La profesión de abogado
1.- Conociendo el medio
social nuestro comprendemos el tortuoso camino que ha
tenido que recorrer un licenciado o doctor en derecho hasta
llegar al ejercicio de su oficio, luego de transcurrir un largo tiempo
para conocer la fuente de su actividad la cual descansa
en las costumbres, la doctrina y la jurisprudencia.
2.- A los graduados en la
escuela y la facultad de Derecho solo el tiempo les califica como abogados,
letrados, jurisconsultos, juristas, jueces, árbitros o fiscales. Pero no
importa lo que han sido o son; lo que sí hay que tomar en cuenta es si han
mantenido en su ejercicio profesional, aún en los momentos más difíciles de sus
vidas, los principios sobre los cuales debe descansar su actividad, y han hecho
suyo el adagio: “Quien comienza en juventud a bien obrar, señal es de
no errar en senectud”.
3.- El hombre o la mujer
del derecho rebaja su obra o la eleva, con su actitud en la vida profesional,
pública y privada. La forma asumida ante un hecho va a ser
juzgada no por una persona actuando en función de juez o árbitro, sino
por el pueblo, por la sociedad donde realice sus faenas, que es juez de las
actividades humanas; principalmente en este ambiente, en este medio donde
convergen tantos fenómenos sociales, políticos, económicos.
4.- Los licenciados y
doctores en derecho en la universidad aprenden los principios generales del
derecho; les enseñan lo que son las instituciones, las personas, las
hipotecas, los privilegios en general; los principales contratos, los
procedimientos, etc. Pero en el ejercicio de la profesión encuentran todo
un laboratorio en el cual deberán analizar fríamente cómo actuar y proceder.
5.- El ejercicio de la
profesión de abogado es un sacerdocio, y para cumplirlo cabalmente se requieren
condiciones que muchas veces no dependen de las aptitudes personales del
individuo. El medio influye de una manera determinante en la conducta del
abogado.
6.- La situación concreta
de nuestro país, la base económica y social alrededor de la cual se levanta la
estructura legal, muchas veces asfixia a algunos abogados y abogadas.
Pero aquellos que provienen de un hogar de sólidas costumbres vencen todas las
adversidades, entierran las malas tentaciones, y por encima de sus necesidades
más perentorias ponen los principios de la moral, la honestidad, la ética y la
responsabilidad, no solamente como abogados y abogadas, sino también como
hombres y mujeres de bien.
7.- Lo fundamental es que
cada profesional del derecho haga un aporte al país como hijo de este
pueblo; ¿cómo servirle al país como profesionales? Ejerciendo su
profesión con altura, dentro de los principios de la ética y la honestidad,
todo acompañado con espíritu de sacrificio y con mucha sensibilidad.
8.- Las relaciones del
individuo con la sociedad, la combinación del interés personal y el social ha
sido siempre el problema principal de la moral. Que tienen su origen en
determinados vínculos jurídicos, económicos y que en cierto sentido son
un aspecto de ella, dejan su impronta en todo el accionar del ser humano, en la
forma de su trato con las demás personas.
9.- Cada época histórica
tiene su moral imperante; corresponde a cada persona sin compromiso con
el pasado, y no comprometida con lo negativo del presente, levantar los
principios sobre los cuales descansa la moral de los profesionales; la moral de
un profesional sin egoísmo, sin prejuicios, sin apetencias personales
desmedidas, en fin, un profesional digno de una sociedad nueva que
descanse en valores.
10.- ÉL o la profesional
del derecho interesada por alcanzar la decencia debe buscar la moral no
basándose en normas, sino en la existencia social de los seres humanos;
comprender en virtud de qué ceden el puesto a otros principios de
comportamiento; descubrir por qué es inevitable el triunfo de los principios y
las reglas de una moral nueva; para una sociedad nueva, para un
profesional nuevo del derecho.
11.- El pueblo dominicano
ha de exigirle el máximo a sus profesionales, porque si es cierto que el
sacrificio de sus padres es meritorio, no es menos cierto que la contribución
del pueblo en general es determinante en su formación, preparación y
educación. Las normas morales abarcan la conducta de las personas
no solo en el marco de la vida privada, sino en todo el comportamiento del
individuo respecto a las demás personas y a la sociedad.
II.- La ética del abogado
12.- Es de singular
importancia que cada abogado o abogada vea la ética como
la máxima expresión de la moral; la forma específica de la
conciencia social y profesional; la piedra de toque del progreso íntegro
del hombre o la mujer que se pone la toga, no para hacer de
ella el paño con el cual encubre sus actos negativos, sino la bandera negra que
cubre el cuerpo de los hombres y las mujeres que luchan en los estrados por
defender la verdad aun cuando esa verdad conlleve la puesta de su cuerpo
exánime en la tumba.
13.- Los postulados de la
moral y la ética han de ser parte integrante de las convicciones
personales de cada abogado y abogada; rasgos de su carácter, las
normas que rigen los actos de su vida; la esencia del
comportamiento personal, profesional, público y privado de cada uno de
los principales actores de los tribunales, y llevadas sus actitudes a la
práctica voluntariamente, por costumbre.
14.- Las actos
corruptos, las maniobras extrañas en el ejercicio de la profesión de abogados y
abogadas, tienen que ser eliminadas. El ejemplo de los
profesionales promiscuos no puede ser imitado; muy al
contrario, frente a esas censurables conductas, portadoras de los peores
vicios de la sociedad dominicana, los abogados y abogadas decentes
deben mantenerse vigilantes, levantando como modelo de ética y
moral a aquellos profesionales del derecho que, como el licenciado Francisco
Porfirio Veras, don Lilo, y Joaquín Ricardo Balaguer,
Quinquin, simbolizan y siguen siendo la conciencia y el
ejemplo del abogado y la abogada que ejerce su profesión honestamente.
15.- Aquellos que
argumentando el de que “ya toda la clientela está repartida entre un grupo de
abogados” y que en lo adelante será muy duro subsistir en nuestro medio, son
los mismos que se colocan al margen de la decencia y de la honestidad para
pisotear la ética y la moral profesional.
16.- Esa es la tesis, poco
socorrida por feliz casualidad, de los que estimulan al ejercicio del tigueraje
deshonesto de la profesión. A esos pronunciamientos hay que ignorarlos;
hay que tomar el ejemplo de los colegas que han resistido todas las tentaciones
mezquinas y se mantienen firmes, teniendo como norte el ejercicio honesto y
honrado.
17.- El abogado o
abogada tiene que revestirse de un espíritu de sacrificio, y saber que
como miembro de la sociedad donde ejerce su profesión debe servirle
no solamente a aquel que va a su bufete con el “buen caso” que produce
altos honorarios, sino también al desamparado de la fortuna, pero que defiende
una causa justa.
III.- Los profesionales del
derecho. El dinero y la ética
18- Los profesionales del
derecho no deben desesperarse en su ejercicio por obtener amplios
recursos económicos; el dinero no da talento, capacidad ni méritos. Algunas
veces solo sirve para satisfacer apetencias desmedidas.
19.- La generalidad de las
inconductas de los abogados y abogadas es fruto de su ambición por llegar a
tener cosas materiales utilizando como medio el ejercicio de la
profesión, como si fuera tan difícil obtener dinero en un medio como el nuestro
donde se ha llegado a aplicar el criterio de que todo se vale.
20.- Hacer dinero es tan
fácil que hasta con un susto se logra adquirir esa mercancía, sin tener que
permanecer veinte años estudiando. El que trafica con drogas pasa sustos, pero
no ha requerido estudios, sacrificios ni talento para hacer dinero.
21.- La profesión de
abogado no es para hacer riquezas, sino para aportar un servicio a la sociedad
donde se ejerce; ella da prestigio y permite una vida digna y decente; aquel
abogado o abogada que se desespera y persigue obtener dinero sin importar
los medios, termina mal, renegando de la ética y la moral profesional
22.- Conocemos colegas
sumamente inteligentes, laboriosos, organizados, y con su ejercicio profesional
han hecho una gran fortuna económica, pero poniendo sus buenas cualidades
profesionales para hacer dinero a la carrera, vulnerando la decencia y la
ética profesional.
23.- Los abogados y
abogadas de Santiago tienen hoy hombres y mujeres de la toga y el birrete
que pueden servirles de ejemplo de buen comportamiento a la presente y futuras
generaciones; ellos han sido y son ejemplos de superación, progreso y modelo de
conducta en el ejercicio de su profesión.
24.- Si ayer Santiago contó
en su matrícula de abogados y abogadas con colegas como Manuel
Ramón Cruz Díaz -Moncito-, Miguel Olavarrieta, Pedro Antonio Lora -Toñito-,
Marcos A. Cabral, Ramón García Gómez, y otros; hoy también en nuestro
medio hay jóvenes, y no tan jóvenes, paradigmas de buena conducta
profesional.
25.- Debo destacar, además,
que la generalidad de los magistrados y magistradas que componen el
Departamento Judicial de Santiago, hoy han continuado honrando con su forma de
proceder el mérito histórico que ha tenido esta ciudad de contar con
funcionarios judiciales que, aun en el peor momento de descrédito del Servicio
Judicial en el país, cuando el presidente de turno, doctor Joaquín Balaguer,
llegó a decir “que la justicia era un mercado”, que se vendía, la de
Santiago se veía como una flor blanca en un pantano.
26.- Los jóvenes abogados y
abogadas del país, deben ejercer con decencia, honradez, dignidad, lealtad y
decoro; y por muy difícil que sea un litigio, jamás deben recurrir a la trampa,
a las operaciones fraudulentas para engañar a la justicia, burlar la ley y
también herir la mediana inteligencia de sus colegas.
27.- El
profesional no puede ser medio serio; serio intermedio, serio mediano, o
serio incompleto; debe ser, pura y simplemente, íntegro, honrado,
probo; de una conducta y ética intachable reconocida por sus
colegas y la sociedad en general.
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