Condenan a hospital por transfusión de sangre contaminada con VIH

El hospital tendrá que pagarle 630 millones de pesos, según el fallo del Consejo de Estado.
Transfusiones.
El Consejo de Estado condenó a la institución médica a pagarle 630 millones de pesos a la paciente afectada que recibió sangre contaminada durante una cirugía, en septiembre del 2001.
Por no hacer exámenes de rigor en la sangre transferida a una paciente, y que tras el procedimiento médico resultó contagiada con el virus VIH, el Hospital Pedro León Álvarez, de La Mesa (Cundinamarca), tendrá que indemnizar a una mujer.
El Consejo de Estado condenó a la institución médica a pagarle 630 millones de pesos a la paciente afectada que recibió sangre contaminada durante una cirugía, en septiembre del 2001.La indemnización se tasó de acuerdo con los cálculos hechos por el Consejo de Estado de los gastos en los que la mujer ha tenido que incurrir desde el momento en que fue contagiada hasta cuando cumpla 64 años, edad de vida promedio calculada por la ley.
Tras las investigaciones, el alto tribunal determinó que tres de las cinco unidades de sangre que le fueron transfundidas a la paciente durante la operación “no fueron objeto de análisis o estudio alguno previo a su suministro”.
Un día después de la transfusión, los exámenes realizados a la mujer, mediante las pruebas de Elisa y Western Blot, arrojaron un resultado positivo en VIH.
El fallo de la sección tercera del Consejo de Estado, cuya ponencia fue elaborada por el magistrado Hernán Andrade Rincón, reiteró que el hospital incurrió en una falla en el servicio “por comportamiento negligente y descuido”.
Para el alto tribunal, es claro que como el hospital no hizo los análisis respectivos en la sangre para descartar que estuviera contagiada de cualquier enfermedad, esa fue la causa por la que finalmente la mujer terminó infectada con VIH.
“No se trata de una abstracta atribución o de un genérico e impreciso deber de vigilancia y control, sino de un grave incumplimiento por parte de la administración pública de tales deberes, todo lo cual produjo las nefastas consecuencias vistas en este asunto”, dice el Consejo de Estado.
Entre las consecuencias que la mujer tuvo que vivir por la negligencia del hospital está su “grave alteración de su forma de vida, que tiene importantes implicaciones en su estado mental y espiritual”, afirma el fallo.
‘Fallo se debe publicar en la web’Adicionalmente a la sentencia, el Consejo de Estado ordenó que el Ministerio de Salud y la Superintendencia de Salud publiquen en sus páginas web el fallo como una forma de divulgación pedagógica, “para que una situación como la descrita en la sentencia no se vuelva a repetir”.El hospital no analizó la sangre antes de suministrársela a una mujer en una cirugía.

Comentarios

Entradas populares de este blog

3O DEL MES DE JUNIO DIA DEL MAESTRO