Aumenta peticiones de agentes policiales para irse a sus casas disgustados por la reforma.
Santiago, R.D.- Aunque antes se habrían
registrados pedidos de baja de las filas policiales y después de concretizarse
la Reforma y la promulgación de la Ley por parte del Presidente de la
República, Danilo Medina, aumentan los pedidos de retiros por rasos, cabos,
alistados, suboficial y oficiales de altos rangos.
Se calculan en miles la cantidad de
peticionarios que antes habían jurado trabajar en las filas policiales en
defensa y protección de vidas y propiedades, pero conocidos los contenidos de
la disposición de profilaxis en esa institución que “pone alegadas zancadillas”
a los integrantes los disgustos se ha generalizado y se avista un porvenir no “halagüeño”.
La conocida nueva ley orgánica de la Policía número 590-16
establece sanciones para los agentes policiales que incurran en indisciplinas
en sus funciones, que van desde la suspensión por tres meses sin recibir
sueldo, su destitución y poner en riesgo su derecho adquirido al momento del
retiro forzoso.
En su artículo 152, clasifica en muy
graves y leves las faltas en las que pueden incurrir los miembros de la
institución y en los subsiguientes define las acciones que se corresponden a
cada categoría.
Incumplir
con la fidelidad a la institución, haber sido sentenciado por un delito doloso,
abusar de sus atribuciones causándole grave daño a los ciudadanos, a los
subordinados, a las entidades con personalidad jurídica y conlleva sanción por
90 días y después de cumplido viene la destitución.
La penalidad se establece para la
práctica de tratos inhumanos, degradantes, discriminatorios, vejatorios a los
ciudadanos que se encuentren bajo custodia policial y para la insubordinación
individual y colectiva, a las autoridades, los mandos de que dependan el de los
agentes.
Otra penalidad es que ha quedado
prohibido el que los agentes consuman alcohol, drogas tóxicas, estupefacientes
mientras estén en el servicio.
En sus postulados, la nueva Ley
procura evitar prácticas como el famoso “macuteo”, donde establece sanciones
para quienes acepten, directa e indirectamente, obsequios y recompensas”, pero
sólo cuando el valor sea mayor a un salario mínimo del sector público.
Cita el artículo 156, en su párrafo
único, indica que “el servidor policial que sea sancionado por la comisión de
una falta muy grave perderá todos los derechos establecidos en esta ley y en
sus reglamentos. Este texto es aplicable a los casos de retiro forzoso”.
Faltas
graves
Entre las faltas que se consideran
graves está el solicitar y obtener cambios de destino mediante cualquier
recompensa, ánimo de lucro, falseando condiciones.,
El prevalerse, directa,
indirectamente, de recomendaciones de influencias para ascender a un cargo,
para ser promovido y para obtener cualquier privilegio como Policía.
También la asignación de agentes
policiales, funcionarios públicos para fines distintos a su competencia y para
la protección de personas físicas y jurídicas, entre otros.
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