Senado aprueba proyecto ley sobre protección al honor de personas fallecidas y accidentadas.


El Senado de la República aprobó ayer miércoles en segunda lectura el proyecto de ley sobre la protección a la imagen, honor e intimidad familiar vinculados a personas fallecidas y accidentadas.

La pieza en su artículo tercero dice que la Constitución dispone que el respeto al derecho, al honor, a la intimidas, la dignidad y la moral de las personas, constituye un límite al ejercicio de las libertades de expresión que el propio precepto reconoce y protege.

Indica, que la extinción de la personalidad jurídica no es una barrera para ejercer los derechos de protección a la memoria del difunto, por lo que la protección de la imagen de la familia de la persona fallecida ya accidentada debe ser conforme a la Ley, con el fin de garantizar el disfrute pleno de los derechos fundamentales a los familiares vinculados a personas fallecidas y accidentadas.

En su artículo séptimo, refiere que el artículo 337 de la Ley número 24-97, del 27 de enero del 1997, que constituye en el Código Penal castiga con penas de prisión  de 6 meses a un año y multas a los que atenten contra la intimidad de la vida privada de las personas y sus familiares.

También fue aprobado el proyecto de ley mediante el cual se designa con el nombre Florián Antonio Rodríguez Jiménez (Anthony Ríos), la Casa de la Cultura de Hato Mayor del Rey.

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