En Santiago Rodríguez mandan a la cárcel por un año a banquero y a pagar 14 millones de pesos de indemnización.
San Ignacio de Sabaneta, Santiago Rodríguez, R.D.-Una
sentencia trascendental evacuada por el Tribunal de Primera Instancia de aquí, en la que condena a un banquero a pagar 14 millones
de pesos y al
dueño a cumplir
un año de cárcel por violar marca la Ley 20-00, sobre Propiedad Industrial.
La sentenciado la emitió el licenciado Juan Miguel Pérez Gómez, del Juzgado
de Primera Instancia de la Provincia Santiago Rodríguez, a ser leída el dio 12
de julio del 2017, a las 9 de la mañana.
Breinlyn Santiago Hiciano Almanzar el banquero condenado.
Pérez Gómez, condenó a un año de prisión al dueño del consorcio de bancas de lotería SH, Breinlyn Santiago Hiciano Almánzar, por uso ilegal de la marca “Quiniela Palé de LEIDSA”, en violación a la Ley 20-00, sobre Propiedad Industrial.
Pérez Gómez, condenó a un año de prisión al dueño del consorcio de bancas de lotería SH, Breinlyn Santiago Hiciano Almánzar, por uso ilegal de la marca “Quiniela Palé de LEIDSA”, en violación a la Ley 20-00, sobre Propiedad Industrial.
Al escuchar el veredicto, Hiciano Almanzar, pantalón vestido negro,
suéter color azul, con los brazos cruzados,
bostezó, se sorprendió y sudó.
El veredicto evacuado por el Juez Pérez Gómez del Tribunal de Primera
Instancia establece que el Hiciano
Almanzar debe pagar una indemnización de 14 millones de pesos a favor del
Centro de Cobranzas Integrales (CECOIN S.R.L), propietaria de la franquicia.
Los 14 millones de pesos que debe pagar son por los daños materiales,
morales y perjuicios causados en perjuicio de CECOIN S.R.L.
Además, el Juez ha prohibido que Hiciano Almanzar siga vendiendo la
“Quiniela Palé de LEIDSA”.
La decisión judicial sostiene que Hiciano Almánzar, fue hallado
culpable de violar los artículos 71, 86, 115 y 166 de la Ley 20-00, modificada
por la 424-16, sobre Propiedad Industrial, el Tratado de Libre Comercio
DR-CAFTA, el artículo 52 de la Constitución de la República Dominicana, por
utilizar ilegalmente la marca denominativa.
Deberá purgar 6 meses de prisión en la cárcel General Santiago
Rodríguez y otros 6 meses de trabajos comunitarios a través de la Defensa Civil.
También, tendrá que pagar una multa de 50 salarios mínimos al Estado
Dominicano y las costas penales del caso en que está implicado.
La lectura íntegra de la sentencia fue fijada para el 12 de julio del
2017, a las 9 de la mañana, para lo cual quedaron citadas todas las partes
envueltas en el proceso judicial.
En ese sentido, el Gerente General del Centro de Cobranzas Integrales
(CECOIN S.R.L), Doctor Giovanni Gautreaux, expresó su satisfacción con el fallo
judicial por considerar que fue dictado conforme a lo establecido en la Carta
Magna, el Código Procesal Penal Dominicano y la garantía al Estado de derecho
en el país.
Manifestó que desde hace varios años, la compañía que preside viene
reclamando y acudiendo a la justicia para que se les respete el derecho de sus
marcas.
Insta a que los consorcios de bancas que quieran utilizarlas acudan a
obtener su licencia, la cual está disponible para todos los que deseen operarla
legalmente y cuenten con autorización para sus agencias.
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