"Ojo pelao" con la escogencia de la Cámara de Cuentas, Hay sectores que están ubicando a los candidatos.

 

Por Marcelo Peralta 

La sociedad espera con expectativas la decisión del Congreso Nacional la escogencia de los nuevos miembros de la Cámara de Cuentas.

Este es un organismo, estipulado mediante el artículo 10 de la ley 10-04 la responsabilidad de practicar auditorias externa financiera, de gestión, estudios e  investigaciones a los organismos, entidades, personas físicas, jurídicas, públicas y privadas.
 
Tiene el deber de proporcionar asesoría técnica a las entidades, organismos sujetos a la aplicación de esta ley, implementación del Sistema Nacional de Control y Auditoria en las materias que le competen, de acuerdo con esta ley; Emitir los reglamentos que sean necesarios para la cabal aplicación de esta ley.

Así atender, fortalecer, promover la gestión eficiente, eficaz, económica, transparente de la administración de los recursos públicos y la rendición de cuentas.

Ojalá que la nueva Cámara de Cuentas a escogerse este martes 13 de abril del año 2021 no sea otra del MONTON.

No obstante, al ser un estamento estatal SABEMOS que se mueven intereses dentro y fuera del Congreso Nacional en que hay sectores que torpedean y orquestan planes para que coloquen a personas que les garanticen sus intereses.

Los sectores de poder están detrás de todo en este país, tratando de aplastar a las gentes serias que aspiran a cargos y cabildean para que vayan los corruptos, igualitos que algunos de los proponentes.

A horas de que se anuncie los integrantes de la Cámara de Cuentas, hay ciudadanos que presagian que las personas a ocupar esos cargos serán más corruptas que las anteriores.

La Cámara de Cuentas tiene la misión de solicitar información necesaria para cumplir con sus funciones a las instituciones que manejan recursos económicos en los sectores público y privado.

Otra misión es el tener acceso irrestricto a las evidencias documentales, físicas, electrónicas, de cualquier naturaleza, necesarias para el cumplimiento de sus atribuciones de auditoria, estudios, investigaciones especiales de la gestión pública, de las personas físicas, jurídicas de carácter privado, sujetas al ámbito de la ley.

Formular disposiciones, recomendaciones de cumplimiento obligatorio por parte de los servidores públicos, que son legal,  reglamentaria responsables de su aplicación.
Identificar y señalar en los informes, los hechos relativos a la violación de normas establecidas que originan responsabilidad administrativa, civil o indicios de responsabilidad penal.

La Cámara de Cuentas tiene que emitir resoluciones, con fuerza ejecutoria, en el ámbito de la responsabilidad administrativa, civil; requerir a las autoridades nominadoras la aplicación de sanciones a los culpables,  en base a los resultados de sus actividades de control externo.

Elevar los casos no atendidos con el objeto de que se apliquen las sanciones a los involucrados en los hechos de que se trate, requerir a la autoridad de rigor la aplicación de sanciones administrativas a los servidores públicos que no colaboren con el personal de la Cámara de Cuentas para el adecuado cumplimiento de sus funciones.

Emitir normativas en materia de control externo, conocer, opinar de manera vinculante las normativas de control interno, requerir a la Controlaría General de la República por su conducto, a las unidades de auditoría interna, el envío de sus planes de trabajo y los informes de sus actividades de control, en el plazo máximo de un mes, contado a partir de la fecha de recepción de la solicitud.

Solicitar que la Controlaría General de la República verifiquen el cumplimiento de las disposiciones y recomendaciones emitidas por la Cámara de Cuentas, y elaborar, actualizar los reglamentos, manuales, guías, instrumentos que se requieran para su desarrollo organizacional y administrativo.

Auditar, analizar con oportunidad la ejecución del Presupuesto de Ingresos y Ley de Gastos Públicos que cada año aprueba el Congreso Nacional y el de participar por iniciativa propia, apoyando organismos, actividades que combatan la corrupción y suscribir convenios de cooperación técnica, con instituciones nacionales e internacionales, relacionados con sus funciones.


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