Primera dama establece que en el país debería existir la pena de Cadena Perpetua.
Si el nuevo Código Penal hubiese sido aprobado, serían 45 años de prisión y no 30 por homicidio agravado de Orlando Jorge Mera.
Por Lic. Cesar Amadeo Peralta
Abogado
En los
últimos años el país ha visto con estupor la ocurrencia de varios crímenes de
sangre que han quedado sin la sanción que las víctimas, sus familiares, la
sociedad y el país necesita y todo eso es porque al mes de Abril 2023, tenemos
el mismo Código Penal de Napoleón Bonaparte que va a cumplir casi 140 años que
entró en vigencia en la Rep. Dom., momento en el cual el mundo era otro, pero
en el país seguimos en el atraso en la actualización de las leyes importantes.
La
pregunta obligada es a quien es que no le conviene que aprueben el nuevo Código
Penal?. Que va a traer aumento de penas, cúmulo de penas y actualización
de delitos que hace 140 años no existían, por lo que es importante que el país
sepa cuántos crímenes están quedando impunes por falta de voluntad.
Caso Orlando Jorge Mera
-El Código Penal de Napoleón Bonaparte de hace 140 años, en su artículo
302 establece pena máxima es de 30 años por asesinato.
-El nuevo
Código Penal sin aprobar aun, lo primero que traería es sanciones diferentes
por el cúmulo de penas ocurridas en la ejecución de un mismo crimen o delito.
-O sea este Código aun sin aprobar, en su artículo 99,
establecería que el homicidio será sancionado con penas de treinta a
cuarenta años de prisión mayor, en los casos siguientes:
3)
Si se comete con premeditación o acechanza, en cuyo caso la infracción se
denomina asesinato;
Acápite 4
inciso e), si es cometido contra cualquier otra persona que sea depositaria de
la autoridad pública o encargada de una misión de servicio público y se
encuentre en el ejercicio de sus funciones públicas, si la calidad de la
víctima es aparente o conocida por el autor;
Lo
que encaja perfectamente en lo ocurrido a Orlando Jorge Mera.
-Si en este caso se le hubiese podido acumular el delito de Porte
ilegal de Armas de fuego en violación a los artículos 66 y 67 de la ley 631-16,
cuya pena es de 5 años ya serian 45 años de prisión y no 30, por un crimen que
no solamente enluto su familia sino que conmociono al país y al mundo,
solamente conocerse la noticia de que asesinaron a un ministro en su despacho
eso despertó la conciencia nacional sobre el tema de la seguridad, sumado al
hecho de que en ese momento pudieron haber muerto otros.
Otros casos graves sin la sanción esperada;
Caso:
Elías Piña Alcalde Pedáneo, mata 3, hiere a varios.
Caso:
Bonao Vigilante mata 3, hiere varios.
Caso:
Los Alcarrizos, agente mata 4, hiere a varios.
Caso:
Chamán Chacra, mato 4 y al perro.
Caso:
San Cristóbal 2015, hombre mata 4, por venganza.
Caso:
Comunidad Guaraguao de S.F.M., hombre mata 4 hiere varios.
Caso:
En higuey hombre mata 6, hiere 5 policías
Caso:
Santiago, hombre mata 4, hiere 4.
Caso:
Bani, balacera en un Drink, deja 2 muertos y varios heridos.
Caso:
Los Ríos, Barrio Azul, Sto. Dgo., balacera deja varios muertos y
heridos.
Caso:
San Cristóbal 2021, enfrentamiento a tiros
entre pandilleros dejó.
Tres muertos y varios heridos.
Cuál es el común denominador de todos estos casos y varios más, que con
el actual Código Penal cada uno de estos homicidas, solamente podrán ser condenados
a un máximo de 30 años, no importa si mataron a 15 personas, o si hieren a 50,
porque en esta ley los muertos se cuentan por uno, no hay cúmulo de penas, ni
de delitos, situación está que se convierte en impunidad total, que beneficia
solamente a los imputados, para las víctimas nada, que sigan esperando la
atención de los legisladores.
Ojalá que tantos "amigos" que tenía el difunto, honren su
memoria aprobando ya este nuevo Código Penal, en su memoria, para
beneficio de la sociedad.
El nuevo Código Penal, antes de ser aprobado, también debería ser
discutido con abogados en ejercicio del derecho penal, con jueces y el
Ministerio Público, que son los que saben en el día a día donde están todas las
debilidades de esta ley que solo benefician a los delincuentes.
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