JCE reconoce partidosd e Antonio Marte y Julioo César Valentín. En el poaís hay 43 partidos.
Santiago, R.D.-Mediante las resoluciones 32-2023 y 33-2023 la Junta Central Electoral
otorgó el reconocimiento político a los partidos Primero la Gente, que encabeza
el senador de Santiago Rodríguez, Antonio Marte y Justicia Social del exsenador
de Santiago, Julio César Valentín de acuerdo a la Ley 33-18, sobre Partidos,
Agrupaciones y Movimientos Políticos.
Tendrán participación en torneos electorales de febrero para elegir
alcaldes, alcaldesas, regidores, regidoras y vocales; además de escoger
senadores, senadoras, diputados, diputadas y presidente en mayo de 2024.
Las resoluciones de la JCE firmadas el 24 de julio 2023 y tienen un
plazo de 45 días para escoger de manera oficial a sus autoridades y de no
cumplir el reconocimiento será declarado como nulo.
En junio 2023, la JCE otorgó el reconocimiento al Partido Esperanza
Democrática de Ramfis Domínguez Trujillo nieto del sanguinario dictador Rafael
Leónidas Trujillo Molina que gobernó a República Dominicana con manos férreas,
sangre, muertes, deportaciones, encierros de adversarios políticos.
La JCE reconoció los movimientos políticos Cívico Cabrereño; Humanista
Independiente y el Partido Socialista Cristiano-PSC- encabezado por Soraya
Aquino.
En el pedazo de tierra que ocupa República Dominicana con cerca de 12
millones y más de la mitad de población haitiana irregular ya son 43 partidos y
movimientos a quienes la ciudadanía debe pagar impuestos al Estado para
mantener esas entidades parásitas.
Este año la JCE reconoció a Demócrata Independiente; Generación de
Servidores y Opción Democrática acogiendo lo dictado en la Ley 33-18 que deben
depositar una exposición sumaria de los principios, propósitos, lineamientos
que sustentará el partido, agrupación, movimiento político, en armonía con lo
que establece la Constitución y las leyes.
Además, estatutos del partido, agrupación, movimiento político, que
contendrán las reglas de funcionamiento de la organización, las cuales serán
coherentes con los principios democráticos señalados en la Constitución y las
leyes de la República.
Declaración jurada por los organizadores de que el partido, agrupación,
movimiento político cuenta con ciudadanos, que asintieron con sus firmas, en
una cantidad no menor del 2% de votos válidos emitidos en las últimas
elecciones generales ordinarias presidenciales, la cual estará acompañada, en provincias
y municipios.
Deberá notificar a la JCE dirección de ese partido; listado de nombres,
números de cédulas de identidad y electoral y lugares de afiliados.
“La Junta Central Electoral verificará la veracidad de las documentaciones
y declaraciones incorporadas al expediente y si ha lugar, sancionará las mismas
y emitirá un veredicto a más tardar cuatro meses antes de la celebración de las
elecciones, dentro de los cuatro meses previos al día de las elecciones, la
Junta Central Electoral no podrá dictar resolución alguna que ordene inscribir
partidos, agrupaciones o movimientos políticos”, señala expresamente la Ley de
Partidos.
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