Senado aprueba moción pero le dobla el pulso al gobierno.
Viendo la realidad y la
gravedad del coronavirus, el Senado de la República haciendo un ejercicio de
fortaleza le dobló el pulso al gobierno y aprobó la noche de este miércoles una
resolución de declaratoria de conmoción, emergencia y restricciones nacional y
en vez de 15 días lo prolongó por 25.
Anoche, el presidente de la
República, Danilo Medina en un discurso de 19 minutos sometió al Congreso
una moción por espacio de 15
días como emergencia nacional, sin embargo, el Senado lo aprobó, pero por 25
días, cuya pieza que pasará ahora a la Cámara de Diputados.
“Este Estado de excepción, las
medidas a adoptarse en este sentido, se mantendrá hasta que cesen las causas
que dieron lugar a la declaratoria, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 266, numeral 7 de la Constitución”.
La Comisión de Seguimiento está
integrada por los senadores: Luis René Canaán que la presidirá; Charlie
Marioti, Félix Bautista Rosario, Santiago Zorrilla, PRM, Rubén Darío Cruz,
Cristina, Dionis zorrilla.
El Primer Mandatario de la Nación,
aunque la Constitución lo faculta en caso de emergencia puede hacerlo mediante
decreto, sin embargo, usó los canales legales y solicitó, por la digna
mediación al Congreso Nacional la autorización para declarar, en todo el
territorio nacional, el estado de emergencia previsto en el artículo 265 de la
Constitución y el artículo 10 de la ley 21-18”.
El presidente Danilo Medina
hizo la petición acogiendo la disposición del artículo 262 de la Constitución,
el artículo 19 de la Ley 21-18 sobre regulación de los estados de excepción
contemplados en la Carta Magna.
Mientras que el senador por la
Provincia de Monte Plata, Charlie Marioti pidió que la resolución sea aprobada
en única lectura y liberada de los trámites correspondientes.
En tanto que su homólogo Amable
Aristy Castro, senador Reformista por la Provincia La Altagracia secundó la
moción presentada.
La declaratoria explica a los congresistas que el mandatario procura que el Gobierno Central y sus instituciones puedan contar con facultades extraordinarias para adoptar todas las medidas necesarias para combatir el COVID-19.
Además, de poder salvaguardar
a la población dominicana de la amenaza del contagio, de aquellas personas que
por razones de edad y condiciones preexistentes de salud se encuentren en
especial estado de vulnerabilidad, entre otras que requieran ser implementadas
en el marco de las circunstancias que se presentaren.
La declaratoria autoriza al
Presidente de la República: disponer las restricciones, por el tiempo
estrictamente necesario, a las libertades de tránsito, asociación y reunión, de
acuerdo con lo dispuesto en la Constitución, siempre guiados por las
directrices de la Organización Mundial de la Salud, OMS, la Organización panamericana
de la Salud, OPS y prácticas internacionales.
Además, adoptar las medidas
necesarias para garantizar que los centros de salud pública se mantengan
provistos de los medios, la prevención y tratamiento de todas las enfermedades,
garantizar la asistencia hospitalaria y la provisión de medicamentos a las
personas afectadas por el COVID-19.
Disponer las medidas
necesarias para apoyar a los diferentes sectores económicos nacionales durante
el periodo de emergencia como forma de proteger el empleo y los ingresos de los
trabajadores.
Comentarios
Publicar un comentario