Violador de niñas en serie de Villa Duarte nunca podrá ser condenado a 30 años porque el Código Penal no lo prevé.

Contrario si el nuevo Código tuviera vigente la pena sería 60 años.

Por Amadeo Peralta

 

El abogado Amadeo Peralta entiende mientras el país se despierta con el asombro de que en el sector Villa Duarte, de la Provincia Santo Domingo, el Ministerio Publico y la Policía apresaron al presunto violador de una niña de 11 años, se especula sucedió a otras, el violador en serie amenazando con armas de fuego, grababa con celular sus actos, comercializaba con plataformas que compran ese tipo de material pornográfico consumido por depredadores, en el país el Código Penal que nos envió en 1879 Napoleón Bonaparte sigue de la mano y protegiendo a delincuentes.

Afirma Amadeo Peralta que este violador de niñas no solo cometió contra esta el delito de violación sexual con violencia, constreñimiento y amenaza, sino que lo hizo utilizando armas de fuego, realizo los videos y los comercializo cometiendo el delito de grabación, uso, distribución y comercialización de pornografía infantil, si no también que lo hizo de manera reiterada y cada situación de estas el Ministerio Publico deberá probárselas cinco veces más allá de toda duda razonable porque al final de cuentas el Código Penal y el Código Procesal Penal se unen para que las dudas lo favorezcan y se intente lejanamente salir con las suyas.


Sostiene el abogado que ante el Código Penal que tenemos desde hace 138 años las violaciones sexuales por más graves que sean su condena máxima es de 20 años según lo prevé el artículo 331 de dicho código no importa cuántas agravantes tengas ni cuantas violó juntas en el mismo momento porque no han aprobado el tan esperado nuevo Código Penal que si traería no solo el cúmulo de penas si no también aumento de sanciones por todos los delitos.

Sostuvo que si nuevo código penal estuviera en vigencia la pena segura a imponer a este violador sexual serian de 60 años de prisión, porque con este nuevo código el Ministerio Publico tendría la facultad de solicitarle la pena de 30 años por violación sexual a una menor, 30 años más por explotación sexual y comercialización de videos y pornografía, 20 años por violar la ley 155-17 sobre lavado de activos al obtener beneficios económicos producto de la venta y comercialización de material pornográfico infantil, un año  por difundir las imágenes, 3 años por atentar contra la intimidad de la menor publicando los videos, y 3 años por amenazas con armas de fuego, 5 años por uso de ilegal de armas fuego para cometer el delito, violación del artículo 396 de la ley 136-03 (Código del menor), pero al parecer a mucha gente no les conviene que este código lo aprueben.

 

A este violador solo podrán someterlo por violación sexual contra una menor y el articulo viejo que le será aplicable es el artículo 331 del Código Penal, el cual estable lo siguiente; Art. 331.- Constituye una violación todo acto de penetración sexual, de cualquier naturaleza que sea, cometido contra una persona mediante violencia, constreñimiento, amenaza o sorpresa. 

 

La violación será castigada con la pena de diez a quince años de reclusión y multa de cien mil a doscientos mil pesos. 

 

Sin embargo, la violación será castigada con reclusión de diez a veinte años y multa de cien mil a doscientos mil pesos cuando haya sido cometida en perjuicio de una persona particularmente vulnerable en razón de su estado de gravidez, invalidez o de una discapacidad física o mental.  

 

Será igualmente castigada con la pena de reclusión de diez a veinte años y multa de cien mil a doscientos mil pesos cuando sea cometida contra un niño, niña o adolescente, sea con amenaza de un arma, sea por dos o más autores o cómplices, sea por ascendiente legítimo, natural o adoptivo de la víctima, sea por una persona que tiene autoridad sobre ella, o por una persona que ha abusado de la autoridad que le confieren sus funciones, todo ello independientemente de lo previsto en los Artículos 121, 126 a 129, 187 a 191 del Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

 

Concluyó el abogado Amadeo Peralta al afirmar que todo esto se aplica y es similar para todos los casos de violaciones sexuales de menores que ocurran en el país hasta que se apruebe el nuevo código penal y exhorta a que la sociedad se empodere de estos casos hasta que por fin salgamos del código de la impunidad.

Comentarios

Entradas populares de este blog

3O DEL MES DE JUNIO DIA DEL MAESTRO